AGMER denunció en la Justicia que los aumentos no remunerativos son inconstitucionales

Abr 8, 2026

La Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto 500/26 del Ejecutivo Provincial, por la inclusión de montos en negro en la pauta salarial docente, práctica que está vedada por la Constitución de la provincia. La presentación ante el Poder Judicial de la Provincia se realizó con […]

La Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto 500/26 del Ejecutivo Provincial, por la inclusión de montos en negro en la pauta salarial docente, práctica que está vedada por la Constitución de la provincia.

La presentación ante el Poder Judicial de la Provincia se realizó con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad del decreto 500/26 del Poder Ejecutivo Provincial en cuanto al carácter “no remunerativo” de las sumas que dispuso incrementar en concepto de FOPID (Fondo Provincial de Incentivo Docente) y Conectividad.

Además, se demanda el envío de los fondos que corresponden a OSER y Caja de Jubilaciones en concepto de aportes patronales, como así también se abone a los trabajadores pasivos los montos proporcionales que corresponden por movilidad (82%) de los rubros salariales Fopid y Conectividad.

A través del decreto 500/26, luego de que su propuesta salarial fue rechazada por todos los sindicatos docentes en negociaciones paritarias, el gobierno provincial fijó en marzo de manera unilateral un aumento que incluyó una suma de carácter no remunerativa y no bonificable, con un tope de 60.000 pesos, para docentes activos.

Dicho monto se compone de un incremento en el Fondo Provincial de Incentivo Docente (Fopid) de 36.000 pesos y de 24.000 pesos correspondientes al Complemento por Conectividad Provincial. Asimismo, al sector pasivo docente le pagó una suma extraordinaria, de carácter no remunerativa y no bonificable, de 30.000 pesos.

AGMER advirtió que la inclusión de “montos en negro” es una ilegalidad por contradecir lo establecido por la Constitución provincial.

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