La Justicia obligó a OSER a cubrir el 100% el costo de un medicamento para una paciente con diabetes

Ene 16, 2026

La Justicia le recordó a la Obra Social de Entre Ríos (OSER) que el derecho a la salud y a la vida se encuentran protegidos por la Constitución Nacional, la Constitución de Entre Ríos y tratados internacionales y que la legislación específica en materia de diabetes obliga a las obras sociales a brindar una cobertura […]

La Justicia le recordó a la Obra Social de Entre Ríos (OSER) que el derecho a la salud y a la vida se encuentran protegidos por la Constitución Nacional, la Constitución de Entre Ríos y tratados internacionales y que la legislación específica en materia de diabetes obliga a las obras sociales a brindar una cobertura del 100% de los medicamentos prescriptos.

El señalamiento lo hizo el Juzgado de Feria al dar lugar a una acción de amparo y ordenó a la OSER a brindar cobertura integral y gratuita de un tratamiento farmacológico a una afiliada con diabetes tipo 2, luego de que la entidad demorara su entrega pese a estar prescripto por su médico tratante.

El abogado Emmanuel Almirón patrocinó a la paciente ante la falta de respuesta efectiva de la obra social, que condicionaba la entrega del medicamento a reiterados requerimientos administrativos, aun cuando ya se había aportado la documentación médica necesaria.

El tratamiento indicado consiste en Semaglutide (Ozempic), un fármaco utilizado en pacientes con diabetes tipo 2 y patologías asociadas, cuya continuidad había sido interrumpida, poniendo en riesgo la salud y la calidad de vida de la afiliada.

En el marco del proceso, intervino el Departamento Médico Forense, que confirmó el diagnóstico de diabetes tipo II asociada a cardiopatía y avaló la indicación médica del fármaco, señalando que, si bien no se trataba de una situación de riesgo vital inmediato, el medicamento debía ser suministrado a la mayor brevedad posible para evitar el deterioro del cuadro clínico.

La obra social, por su parte, sostuvo que el tratamiento estaba autorizado, pero sujeto a la presentación de una historia clínica ampliada y otros informes médicos. Sin embargo, el juzgado consideró acreditado que la documentación ya había sido entregada y que la conducta de la demandada resultaba ilegítima frente a la necesidad de continuidad del tratamiento.

En su fallo, la magistratura recordó que el derecho a la salud y a la vida se encuentran protegidos por la Constitución Nacional, la Constitución de Entre Ríos y tratados internacionales, y que la legislación específica en materia de diabetes obliga a las obras sociales a brindar una cobertura del 100% de los medicamentos prescriptos.

Por ello, resolvió hacer lugar al amparo y ordenó a la Obra Social de Entre Ríos que, en un plazo máximo de cinco días, entregue el medicamento indicado en forma gratuita e integral, por el término de seis meses.

Fuente: Concordia Policiales y El Entre Ríos.

también te puede interesar

Suicidio: «No alcanza con sacarse una foto con una cinta amarilla»

Suicidio: «No alcanza con sacarse una foto con una cinta amarilla»

El psicólogo Sergio Brodsky, especialista en prevención del suicidio, asesor en la temática del Colegio de Psicólogos de Entre Ríos, sostiene que la problemática tiene múltiples aristas, pero entiende que la actual situación socioeconómica agrava los condicionantes....

El Gobierno de Entre Ríos dio a conocer cuándo cobrarán los docentes

El Gobierno de Entre Ríos dio a conocer cuándo cobrarán los docentes

El Gobierno de Entre Ríos informó que el próximo jueves 15 de octubre se depositará a los docentes de la provincia el pago complementario del sueldo de septiembre. Este pago corresponde al aumento del 3,5 por ciento sobre los conceptos remunerativos. El próximo jueves...