Reabrieron causa por abuso sexual contra una niña

Abr 4, 2024

El tribunal le encontró una hendija al expediente para mantener, por ahora, vigente la acción penal, y ordenó extremar los recursos para verificar si el imputado cometió algún otro delito entre 2000 y 2012. La causa se cerró porque cuando ocurrieron los supuestos abusos aún no regía la ley que toma como inicio del plazo […]

El tribunal le encontró una hendija al expediente para mantener, por ahora, vigente la acción penal, y ordenó extremar los recursos para verificar si el imputado cometió algún otro delito entre 2000 y 2012.

La causa se cerró porque cuando ocurrieron los supuestos abusos aún no regía la ley que toma como inicio del plazo de prescripción cuando la víctima cumple la mayoría de edad.

En consecuencia, la acusación se había extinguido en 2012, pero los hechos fueron denunciados nueve años después, en 2021, y el acusado fue convocado a indagatoria (uno de los actos procesales que interrumpen la prescripción) en 2023. El fiscal Joaquín Gaset apeló el cierre de la causa invocando que "la víctima no ha podido tener pleno y libre acceso a la justicia y gozar en consecuencia del derecho a una tutela judicial efectiva".

"Repárese en que habría sido abusada por la pareja de su madre, cuando tenía entre 7 y 8 años de edad y los propios efectos de los ilícitos la perjudicaron de tal manera que ella misma señaló que si bien se lo contó a su madre cuando tenía 16 años, y a pesar de que su madre intentó acercarse a las instituciones para ser asesorada, lo cierto es que no recibió ayuda y no pudo iniciar el proceso", insistió.

En ese contexto, los hechos fueron denunciados "por la propia víctima cuando ésta estuvo lo suficientemente preparada para afrontar el proceso", lo que sucedió cuando "estuvo en condiciones psicológicas y emocionales de realizar la denuncia una vez alcanzada la adultez y luego de transitar un largo proceso interno".

El tribunal desestimó esos argumentos y aplicó el principio de la "ley penal más benigna", es decir –en este caso- la que regía al momento de los hechos.

Pero anuló la declaración de extinción de la acción penal y ordenó, para "despejar toda duda respecto de la ausencia de antecedentes penales" del imputado, que se recaben informes sobre la eventual comisión de un nuevo delito.

"Resulta de suma importancia al momento de resolver sobre la prescripción, puesto que, por ser una causal legal de interrupción del curso de este instituto, de conocerse la comisión de algún delito por parte del imputado antes del año 2012, podría subsistir la acción penal en el caso", sostuvieron los jueces.

La prescripción –añadieron- "parte de la premisa de que el acusado carece de antecedentes que puedan operar como causal interruptiva, siendo que, en realidad, no se han agotado aún las posibilidades al respecto".
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